ARTÍCULO 319-1. CONTRABANDO
DE HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS. El que en cantidad superior a veinte (20) galones, importe
hidrocarburos o sus derivados al territorio colombiano, o los exporte desde él,
por lugares no habilitados, o los oculte, disimule o sustraiga de la
intervención y control aduanero, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a
noventa (90) meses y multa de cuatrocientos (400) a dos mil doscientos
cincuenta (2.250) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que en
ningún caso sea inferior al 200% del valor aduanero de los bienes importados o
de los bienes exportados.
Si la conducta descrita en el inciso anterior recae sobre
hidrocarburos o sus derivados cuya cantidad supere los ochenta (80) galones, se
impondrá una pena de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses de
prisión y multa de dos mil (2.000) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos
legales mensuales vigentes, sin que en ningún caso sea inferior al doscientos
(200%) del valor aduanero de los bienes importados o de los bienes exportados.
El monto de la multa no podrá superar el máximo de la pena de multa establecido
en este Código.
PARÁGRAFO. La legalización de las mercancías no extingue la acción penal.
SUJETO
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Activo: Indeterminado singular
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Pasivo: El Estado
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CONDUCTA
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Verbo Rector: Determinador compuesto alternativo: Importar, exportar, ocultar, disimular, sustraer
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Modo:
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Tiempo:
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Lugar:
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BIEN JURIDICO TUTELADO
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Objeto Jurídico:
Orden economico social
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Objeto Material
Real: Hidrocarburos o su derivados
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Beneficio:
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Finalidad:
importar hidrocarburos o sus derivados al territorio colombiano, o exportar, por lugares no habilitados
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Tentativa: Si admite
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ELEMENTOS NORMATIVOS:
+ Actos de comercio exterior + Hidrocarburos + Derivados de los hidrocarburos + Lugares no habilitados + Intervención y control aduanero + Valor aduanero |
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PARTICULARIDADES:
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c) Casuística.
En la vía alterna Hato Corozal - a puerto san salvador, el pasado viernes 5 de abril la policía nacional en este municipio logró la captura en flagrancia de un hombre de 44 años de edad, quien conducía un automóvil. Al momento de realizar un registro al vehículo se halló al interior 110 galones de gasolina de origen venezolano avaluado en 1 millón de pesos, las cual estaba envasada en 6 garrafones plásticos con capacidad para 18 galones. Capturado y combustible incautado en fueron dejados a disposición de la fiscalía 18 seccional de paz de Ariporo, por el delito al favorecimiento al contrabando de hidrocarburos y sus derivados.
El segundo caso reportado de igual se registró en la misma vía logrando por parte de la policía nacional la captura en flagrancia de una mujer de 42 años de edad, quien conducía una camioneta tipo pick up doble cabina, la cual al momento de registra se encontró en su interior 260 galones de ACPM avaluado en 2 millones de pesos. Capturada y combustible incautado en mención fueron dejados a disposición de la fiscalía 18 seccional de paz de Ariporo, por el delito al favorecimiento al contrabando de hidrocarburos y sus derivados.
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